¿Se cumplió el debido proceso en la aprehensión y detención de Luis Fernando Camacho?

¿Se cumplió el debido proceso en la aprehensión y detención de Luis Fernando Camacho?

Thu, 01/05/2023 - 16:20
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Dos juristas coinciden en que hubo un exceso por parte de la Fiscalía y la Policía. El Gobierno asegura que no hay nada que discutir, porque el procedimiento estuvo apegado a la norma. ChequeaBolivia te brinda información sobre este tema en su sección #LoQueSabemos.

Luis Fernando Camacho, gobernador de Santa Cruz, fue aprehendido el miércoles 28 de diciembre de 2022, minutos después de las 14:00, cuando retornaba a su domicilio. Hubo un importante operativo de seguridad desplegado, que terminó con su traslado al aeropuerto de Viru Viru y posteriormente a La Paz.

Sin embargo, la duda es si se cumplió o no el debido proceso en la orden de apremio emitida por la Fiscalía y la forma de actuar de la Policía Boliviana, que usó agentes químicos, encañonó personas e hizo un uso de la fuerza para lograr su cometido y reducir a la autoridad electa.

ChequeaBolivia consultó con dos juristas para responder la pregunta en su sección #LoQueSabemos. Ambos coinciden que hubo un exceso en la acción del Ministerio Público y los efectivos del orden, más aún tomando en cuenta que el denominado caso ‘golpe de Estado I’, en el que se lo acusa, registraba pocos avances desde su inicio, hace más de dos años.

Frank Campero, conocido abogado penalista, admite que la Fiscalía tiene la potestad para ordenar la aprehensión de cualquier persona, conforme al artículo 226 del Código de Procedimiento Penal, que indica que “el fiscal podrá ordenar la aprehensión del imputado, cuando sea necesaria su presencia y existan suficientes indicios de que es autor o partícipe de un delito de acción pública sancionado con pena privativa de libertad, cuyo mínimo legal sea igual o superior a dos años y de que pueda ocultarse, fugarse o ausentarse del lugar u obstaculizar la averiguación de la verdad”.

 

Sin embargo, indicó que en este caso en específico “lo que se observa es el modo en el cual se hizo el operativo para capturar al señor Camacho, porque se ha excedido en la fuerza, y sí hubo irregularidades, abuso de la autoridad y comisión de delitos por parte de quienes ejecutaron la operación, pero obviamente eso puede ser sancionado administrativamente, se pueden iniciar procesos legales, pero el objetivo ha sido ejecutado, el medio es el que se observa y eso generará responsabilidades penales y administrativas”.

De acuerdo a las versiones de los colaboradores de la autoridad departamental, hoy recluida en el penal de máxima seguridad de Chonchocoro, el día de su aprehensión fueron interceptados por un equipo especial de la Policía, cuyos agentes, vestidos de civil, primero, redujeron al personal de seguridad del gobernador, luego lo obligaron a recostarse, lo enmanillaron y lo trasladaron en un motorizado blanco hasta la terminal aérea, sin brindar información sobre la orden de apremio que existía en su contra.

Asimismo, cuando Camacho llegó a la terminal aérea, fue subido a un helicóptero y no se tuvo información de su paradero en dos horas, hasta que aterrizó en la ciudad de El Alto y luego fue rápidamente remitido a la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (Felcc).

En ese lapso, solo el ministro de Gobierno, Eduardo Del Castillo, se limitó a confirmar la aprehensión, aunque como “información preliminar” y luego mostró una fotografía mientras el gobernador era auscultado por personal sanitario, asegurando que “respetando los derechos constitucionales y derechos humanos como lo hacemos con cualquier persona privada de libertad”.

“Se debe solicitar informes a quienes participaron en el operativo, porque se rompieron vidrios, se usaron gases lacrimógenos, se encañonó personas, porque el juez insta a no exceder la fuerza, porque se ha vulnerado el debido proceso y la seguridad, no solo del señor Camacho sino de sus acompañantes, que pueden abrir procesos por abuso de la autoridad”, observó Campero.

El abogado y comunicador Andrés Gómez Vela va más allá y cuestiona la legitimidad de la causa, señalando que cualquier actuado que se realice como parte de ella es inválido, debido a que en el país no hubo “golpe de Estado” sino un “fraude electoral”.

“¿Es legal y ético procesar a un ciudadano por un hecho que nunca sucedió? Nunca hubo golpe. He ahí el tema”, remarcó, explicando que “que es abuso de poder aprehender a una persona por un hecho inventado. No solo abuso, violación de derechos elementales como el derecho a la libertad”.

Otro aspecto cuestionado públicamente es la legalidad de la orden dispuesta por la Fiscalía, tomando en cuenta que rige una vacación judicial y que hay un instructivo del Tribunal Departamental de Justicia, que indica que no se puede emitir órdenes de aprehensión durante este periodo.

Al respecto, en diferentes momentos, tanto el fiscal asignado al caso, Omar Mejillones, como el ministro de Justicia, Iván Lima, coincidieron en enfatizar que ninguno de los dos factores puede afectar las atribuciones del Ministerio Público, indicando, también que la disposición de apremio data de octubre de esta gestión, es decir, no fue ejecutada en dos meses.

“La Policía debe cumplir la Constitución, la ley, no obedecer la voluntad de autoridades. Cometió un abuso al aprehender a un ciudadano por un hecho no sucedido y por obedecer y someterse a un sujeto con poder temporal y no a la Ley”, agregó Gómez.

De igual forma, el secretario General de las Naciones Unidas, António Guterres, instó a los actores políticos a actuar con “mesura”, expresó “preocupación” por los acontecimientos recientes en el país y exigió garantizar el debido proceso.

Sin embargo, el ministro Lima insiste que a su criterio, tanto la aprehensión de Camacho, como la detención preventiva de cuatro meses que ahora cumple, es “en su máximo grado” el debido proceso y no puede objetarse jurídicamente.

FUENTES: 

Frank Campero, abogado penalista

Abogado y comunicador Andrés Gómez Vela

Código Penal 

 

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