• La imagen que circula en Facebook sobre el Decreto Supremo 3973.

Evo Morales autorizó el desmonte y la quema del bosque

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El Decreto Supremo 3973 establece, en su artículo único, la modificación del artículo 5 del Decreto Supremo 26075, vigente desde febrero de 2001. 

En Facebook se viralizó una imagen del Decreto Supremo 3973 junto a textos que señalan que el presidente Evo Morales autorizó el desmonte y la quema del bosque. ChequeaBolivia advierte que el contenido es engañoso.

Al tratarse de un tema delicado y por la polémica que se desató en Facebook, ChequeaBolivia especifica que la imagen que circula en las redes sociales es engañosa porque indica que: “Evo Morales autorizó el desmonte y la quema del bosque; juicio de responsabilidades a Morales y sus Ministros; insensible, irresponsable e ignorante ambiental”, cuando a través del Decreto Supremo 3973 se amplía esa labor que ya estaba establecida por el Decreto Supremo 26075 promulgado en febrero de 2001 por el presidente Hugo Banzer Suárez.

Por tanto, la disposición promulgada por el gobierno actual amplía la labor de desmote al departamento del Beni e incluye a las tierras comunitarias.

El Decreto Supremo 3973 establece, en su artículo único, la modificación del artículo 5 del Decreto Supremo 26075, vigente desde febrero de 2001, con el siguiente texto: “En los departamentos de Santa Cruz y Beni, se autoriza el desmonte para actividades agropecuarias en tierras privadas y comunitarias, que se enmarque en el Manejo Integral y Sustentable de Bosques y Tierra, conforme a los instrumentos de gestión específicos aprobados por la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Bosques y Tierra – ABT, y sus Planes de Uso de Suelo vigentes. En ambos departamentos se permite las quemas controladas de acuerdo a reglamentación vigente, en las áreas clasificadas por el PLUS (Plan de Uso de Suelos) que así lo permitan”.

 

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El artículo reformado del Decreto Supremo 26075 establecía: “En el Departamento de Santa Cruz de la Sierra, se permite el desmonte en tierras privadas sujeto a la aprobación del Plan de Ordenamiento Predial por parte de la Superintendencia Agraria, en conformidad al Artículo 5 del presente Decreto Supremo, y al Plan de Desmonte aprobado por la Superintendencia Forestal. En este departamento, se permiten las quemas de acuerdo al Reglamento Especial de Desmonte y Quemas Controladas, R.M. 131/97 de 9/07/97, en las áreas clasificadas por el PLUS que así lo permitan”.

 

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FUENTE:

Gaceta Oficial de Bolivia 

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