Cómo se busca frenar la prórroga de autoridades en un escenario de elecciones judiciales estancadas
- La Cámara de Senadores aprobó tres proyectos de ley para frenar la prórroga de mandato de autoridades judiciales, dispuesto por el Tribunal Constitucional Plurinacional.
- La oposición solicitó la consideración de los tres proyectos con dispensación de trámite en la Cámara de Diputados.
- Especialistas ven que el TCP se arriesga a una responsabilidad penal, ya que podría haber incurrido en la comisión de delitos.
Por Enid López
El legislativo promueve la aprobación de leyes “antiprórroga”, tras la determinación del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) de prorrogar a magistrados, como una solución al estancamiento de las elecciones judiciales en Bolivia. Pero, ¿Qué pasó para llegar a este punto? ChequeaBolivia te lo explica en su sección #LoQueSabemos.
El artículo 183 de la Constitución Política del Estado (CPE) establece que las magistradas y magistrados del Tribunal Supremo de Justicia deben ser elegidos mediante “sufragio universal”. En ese sentido, este proceso se llevó a cabo en Bolivia en 2011 y en 2017, con un periodo de duración de mandato de seis años.
El 2023 correspondía llevar a cabo las elecciones judiciales a través del siguiente procedimiento: primero, la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) debía realizar la preselección de las postulantes y los postulantes por cada departamento y, posteriormente, remitir las listas de candidatos preseleccionados al Tribunal Supremo Electoral para que se haga cargo de la administración de las elecciones judiciales.
Además, el 50 por ciento de los candidatos deben ser mujeres y tener identidad indígena, al menos uno en cada institución. Deben ser seleccionados por dos tercios de los miembros de la ALP, instancia que también tiene que emitir el reglamento de selección y la convocatoria a las elecciones.
A través de este procedimiento, Bolivia elige 26 principales cargos judiciales, que dirigen el TCP, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), el Tribunal Agroambiental y el Consejo de la Magistratura.
¿Por qué no hubo lista de precandidatos?
En marzo, la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) aprobó, por mayoría de legisladores del Movimiento Al Socialismo (MAS), la convocatoria y reglamento para la preselección de candidatas y candidatos. Sin embargo, en abril, la Sala Constitucional del Beni resolvió dejar sin efecto dicha convocatoria por observaciones al numeral 16, del artículo 19 del reglamento, que establecía como un “requisito común” para los aspirantes “no haber expresado posturas políticas de manera pública”.
A fines de abril, la ALP volvió a tratar y aprobar los ajustes a la convocatoria y reglamento para la preselección de candidatas y candidatos, pero el proceso fue paralizado desde el 27 de abril debido a una acción de inconstitucionalidad concreta que presentó el diputado de Creemos, Leonardo Ayala, alegando que el reglamento y la convocatoria se aprobaron mediante resolución de la ALP y no así mediante ley, como ocurrió en las elecciones judiciales de 2017.
El 31 de julio, el TCP emitió la Sentencia Constitucional 60/2023, que establece la inconstitucionalidad de la convocatoria y, en efecto, del reglamento.
En agosto, se volvió a gestionar el tratamiento de la convocatoria y el reglamento para las elecciones judiciales, pero la ausencia de consensos en la ALP y la división interna en el MAS estancaron el proceso, lo que imposibilitó tener una lista de precandidatos.
TSE pone fecha límite y CIDH llama a garantizar elecciones
El 13 y 14 de julio, el l Órgano Electoral Plurinacional (OEP) se reunió en la ciudad de Santa Cruz con el objetivos de fijar los plazos técnicos para llevar a cabo las elecciones judiciales y determinó que el 4 de septiembre sería la fecha límite para que la ALP le entregue la lista de los candidatos preseleccionados rumbo a la elección judicial del 3 de diciembre.
El pronunciamiento señalaba: “El OEP advierte que para lograr ese propósito es imprescindible que la Asamblea Legislativa convoque oportunamente al proceso de postulación y preselección de candidatos al Órgano Judicial y al Tribunal Constitucional Plurinacional concluyendo ese proceso de preselección el domingo 3 de septiembre de 2023 para entregar al TSE (Tribunal Supremo Electoral) las listas de candidatos preseleccionados el lunes 4 de septiembre de 2023”.
Pero, la ALP no logró ponerse de acuerdo y entregar las listas en el plazo fijado por el TSE,
El 26 de septiembre, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) expresó su preocupación ante los desafíos que se presentan en el proceso de elección de las autoridades judiciales, advirtiendo que “pueden debilitar el funcionamiento del sistema de justicia de Bolivia”.
El comunicado señalaba: “En este escenario, urge al Estado, en particular a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), a adoptar medidas efectivas para garantizar la independencia de los poderes y el debido funcionamiento del sistema de justicia, en cumplimiento a los estándares interamericanos”.
Prórroga de autoridades judiciales y del TCP
El pasado 12 de diciembre, los miembros del TCP sorprendieron a la opinión pública emitiendo la declaración constitucional 0049/2023, en la que resuelve la prórroga de mandato de las autoridades de esa misma institución y del TSJ hasta que se elijan y posesionen las nuevas autoridades.
La declaración constitucional 0049/2023 no establece un tiempo límite para la prórroga de las 26 autoridades y tampoco establece una fecha límite para que la ALP cumpla sus funciones y atribuciones constitucionales en cuanto a la preselección de las candidatas y los candidatos.
El expresidente Eduardo Rodríguez Veltzé, que formó parte de la comisión de notables que buscaba reestructurar la justicia del país, sostuvo, a través de su cuenta de X, que la declaración constitucional 049/23 sobre elecciones judiciales “resulta ilegítima e inconstitucional”.
“TCP excedió su competencia al “disponer” prórroga de su propio mandato, expresamente limitado por la Constitución que sanciona con nulidad actos de quienes usurpan funciones fuera de la ley. Tampoco repararon en advertir que sus intereses entraron en conflicto, prohibición prevista por la CPE. Sombrío precedente, desconoce al constituyente y debilita la democracia”, puntualizó.
Declaración Constitucional 049/23 que atiende consulta s. PL 144/22-23 sobre elecciones judiciales resulta ilegítima e inconstitucional.TCP no veló por la supremacía de la Constitución en control de constitucionalidad al demorar injustificadamente la atención de recursos y…
— E. Rodríguez Veltzé (@erveltze) December 12, 2023
Para el constitucionalista, Carlos Bellot, el TCP no tiene atribución para legislar, por lo que no puede establecer la prórroga excepcional de mandato de las autoridades judiciales electas, como lo hizo mediante esta declaración. “Esa función le corresponde a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP)”, afirma.
Además, adelanta que con una decisión así, el TCP se arriesga a una responsabilidad penal, ya que podría haber incurrido en dos delitos: usurpación de funciones porque estaría ejerciendo “ilegalmente” funciones correspondientes a otro cargo público y prevaricato de juez o fiscal por dictar una resolución contraria a la Constitución.
Impulsan "leyes antiprórroga"
La Cámara de Senadores aprobó tres proyectos de ley para frenar la prórroga de mandato de autoridades judiciales, dispuesto por el TCP.
Además, adelanta que con una decisión así, el TCP se arriesga a una responsabilidad penal, ya que podría haber incurrido en dos delitos: usurpación de funciones porque estaría ejerciendo “ilegalmente” funciones correspondientes a otro cargo público y prevaricato de juez o fiscal por dictar una resolución contraria a la Constitución.
El diputado Carlos Alarcón de Comunidad Ciudadana informó que se solicitó, con nota formal, la consideración de los tres proyectos de ley antiprórroga de magistrados judiciales, con dispensación de trámite, para tratar los proyectos de ley en el pleno de la Cámara de Diputados y evitar su análisis en la comisión respectiva.
“Esta declaración constitucional con la autoprórroga ha afectado toda la estructura de los órganos constitucionales del Estado, usurpando funciones del poder constituyente, del órgano legislativo. Entonces eso conlleva una afectación gravísima del órden público”, manifestó en contacto con ChequeaBolivia.
El panorama se torna complejo, pese a ello, el presidente del Estado, Luis Arce, considera que las elecciones judiciales no resolverán el problema de fondo del sistema judicial del país, pero este suceso se convierte en una vulneración más de la Constitución Política del Estado y posterga una ansiada reforma de la justicia.
Fuentes:
Constitución Política del Estado
La Sentencia Constitucional 60/2023 del TCP
Transmisión en vivo del pronunciamiento del TSE
Pronunciamiento de la CIDH
Declaración constitucional 0049/2023
El expresidente Eduardo Rodríguez Veltzé, en su cuenta de X
El constitucionalista, Carlos Bellot
Tendencia Política
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