• La imagen que circula en WhatsApp.

Urgente impuestazo en la construcción

Urgente impuestazo en la construcción

Fri, 06/28/2019 - 18:42
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El contratante no tiene el deber de informar o declarar de manera específica los costos económicos de la construcción que encarga.

En WhatsApp, circula una imagen con el logo de Impuestos Nacionales con el título “Impuestazo”. En la leyenda de la imagen indica que los albañiles deben declarar sus ingresos a Impuestos y que si las personas construyen un cuarto deben contratar servicios de una empresa con Número de Identificación Tributaria (NIT) para declarar el movimiento económico. ChequeaBolivia verificó que la información es engañosa. 

Según el abogado tributarista Marcelo Gonzales Yaksic, es verdad que los albañiles como personas naturales que prestan servicios de construcción, según la norma general, deben tramitar su NIT, pero el alto grado de informalidad y “la negligencia administrativa del SIN (Servicio de Impuestos Nacionales) les ha liberado" de ese deber formal.

Gonzales aclara que también es cierto que sólo los Contratistas o Constructores tienen el deber de informar a la Administración Tributaria sobre la construcción de cada bien inmueble que realice en su propiedad o para terceros, respecto a las características y costo de las construcciones de bienes inmuebles.

Sin embargo, el contratante no tiene el deber de informar o declarar de manera específica los costos económicos de la construcción que encarga. “Sólo tiene el deber de informar de manera general y consolidada todas las compras de bienes y servicios (incluidos los gastos de construcción) en el formulario 200 si es empresa o en el formulario 110 si es dependiente”, explicó a ChequeaBolivia.

La información también está especificada en la Resolución Normativa de Directorio Nro. 18-36 sobre la Reglamentación para la Preparación y Envío de Información por Contribuyentes que Realizan la Actividad de Construcción de Bienes Inmuebles.

ChequeaBolivia envió un cuestionario sobre el tema al área de Comunicación del SIN, tanto en Cochabamba como en La Paz, el pasado 17 de junio, pero hasta la fecha no se obtuvo una respuesta oficial.

FUENTE:

Abogado tributarista, Marcelo Gonzales Yaksic

Resolución Normativa de Directorio Nro. 18-36 sobre la Reglamentación para la Preparación y Envío de Información por Contribuyentes que Realizan la Actividad de Construcción de Bienes Inmuebles

Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) (No respondió)

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